Cuando llega el momento buscar información sobre cómo registrarse como importador en Argentina, es natural que te veas sumergido en un mar de preguntas.
Se trata de los mismos interrogantes que también se plantearon los empresarios que decidieron contratar nuestro servicio, antes de dar su gran salto al mercado internacional.
Así que decidimos seleccionar las consultas más frecuentes acerca del registro, los requisitos y trámites que se deben realizar. Son los datos claves que necesitás para despejar tus dudas.
Tu puerta a China
Una vez que decidas registrarte como importador, tendrás numerosas posibilidades de invertir en China, para lograr el gran crecimiento de tu empresa. Empezá por conocer cómo hacerlo en este artículo.
Preguntas frecuentes de inscribirse como importador en Argentina:
1. ¿Cuándo me puedo inscribir en el registro de importadores y exportadores?
La primera inscripción podés realizarla en cualquier momento del año. Es una cuestión que responde más a su necesidad comercial.
2. ¿Cuáles son los requisitos para poder operar como Importador-Exportador?
Para poder operar como importador primero debés inscribirte ante la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP).
Reunir y presentar la documentación que exige la Aduana.
Acreditar solvencia económica.
3. ¿Qué implica acreditar solvencia económica?
Un sujeto jurídico, ya sea una sociedad anónima, sociedad de responsabilidad limitada o autónomo, debe contar con una solvencia económica que esté determinada por un monto de ventas brutas a partir de 300 mil pesos “en el año calendario inmediato anterior o a través de un patrimonio neto de igual monto”, indica la AFIP.
4. ¿Qué ocurre si no puedo acreditar este requisito de solvencia económica?
En caso de no poder acreditar la solvencia económica exigida, deberás constituir una garantía por un valor de 30 mil pesos. Tiene un costo ínfimo de aproximadamente 3 mil pesos anuales.
5. ¿Cómo debe constituirse esta garantía de solvencia económica?
Depósito en efectivo
Aval Bancario
Caución de Títulos Públicos
Póliza de Seguro de Caución
6. ¿Qué ocurre si constituí garantía y, posteriormente, demostré solvencia económica?
La AFIP liberará de manera automática el importe de la garantía de actuación y podrás solicitar su devolución.
7. ¿Hay quienes quedan exceptuados de acreditar la solvencia económica?
Sí, la AFIP dice que están exentos:
Sujetos inscriptos en el Régimen Simplificado para Pequeños Contribuyentes (Monotributo).
Sujetos que posean certificado de exención del impuesto a las ganancias otorgado por el organismo.
El Estado Nacional, las provincias y los municipios, así como las dependencias de la administración pública nacional, provincial o municipal, los entes autárquicos o descentralizados, inclusive las sociedades del Estado y las empresas del Estado.
Importadores y exportadores ocasionales, inscriptos con esa condición en el Registro y sujetos a los controles de determinación de la condición "ocasional" establecidos en el Sistema Informático María.
8. ¿Cuál es la vigencia de la inscripción en el registro de importadores y exportadores?
Un año. Los períodos garantizados tienen vigencia desde el 1º de agosto de cada año y hasta el 31 de julio de cada año.
9. ¿Es necesario renovar la inscripción en el registro de importadores y exportadores?
Si. Si usted considera la continuidad de su actividad como exportador y/o importador y no acredita solvencia económica deberá renovar la constitución de su garantía por un nuevo periodo anual.
10. ¿Qué vigencia tiene la inscripción en el registro de importación?
La vigencia dura un año. En todos los casos, vence cada 31 de julio. Para la renovación, debés presentar el certificado de solvencia, constituir una garantía o una póliza de seguro de caución.
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